1 - Qué horarios hay disponibles.
1.1 - El CEV tiene una gran cantidad de grupos disponibles para las diferentes disciplinas. De esta manera el estudiante dispone de múltiples opciones en días y horarios para realizar sus clases.
1.2 - Para saber las opciones disponibles llamar al teléfono de información : 915 502 960 / 917 616 780 / 917 616 876
1.3 - Te recordamos que para dar una enseñanza de calidad, las clases tienen un cupo limitado de alumnos. Debes preguntar, al departamento de información, la disponibilidad de grupos según el nivel de ocupación. Te recomendamos la reserva de plaza cuanto antes.
2 - Qué debe realizar un extranjero para cursar estudios en el CEV.
Para matricularte en CEV los pasos que tendrías que seguir serían los siguientes:
2.1 - Lo primero que se necesita son todos tus datos personales: nombre, dirección, telf. de contacto, nº de pasaporte, nº de tarjeta de residencia, homologación de estudios, etc...
2.2 - Una vez realizado esto, tendrías que hacer el ingreso de la totalidad del importe del curso en un nº de cuenta que se te indicaría, enviando a continuación por fax o email un comprobante de haber realizado dicho pago. En el momento en el que el centro recibe este comprobante, tu plaza queda asegurada, y a partir de ahí te podría enviar un certificado de matriculación para la solicitud del "Visado de Estudiante".
2.3 - En cuanto al tema del visado, se informa que todos los estudiantes no residentes en España, necesitan para regularizar su ingreso al país, un pasaporte en regla con el visado de estudiante correspondiente, el cual tendrá que tramitar frente al Consulado Español en su país de origen. Para la concesión de este visado, se pedirán varias cosas:
2.3.1.- Solicitar el correspondiente visado de estudios, antes de su venida a España, ante las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares Españolas, citas en su país de origen o de residencia, aportando la documentación académica acreditativa de los estudios ya superados.
2.3.2.- Obtener la tarjeta de identidad de extranjero que han de solicitar ante la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde se encuentre, una vez en territorio español. Esta autorización de estancia habilitará su permanencia por el tiempo que se determine.
Una de las circunstancias que debe acreditar el estudiante extranjero para obtener la mencionada autorización de estancia es que haya sido reglamentariamente admitido para cursar o ampliar los estudios en cualquier centro docente español, público o privado, con indicación de un horario que implique la asistencia y con una duración prevista no inferior a tres meses.
A tal efecto el centro docente correspondiente, a solicitud del interesado, deberá emitir el correspondiente certificado de matriculación en lo términos expresados en el párrafo anterior.
La vigencia de la autorización de estancia podrá limitarse a la duración de los estudios y, si esta durara más de doce meses la tarjeta será renovable anualmente. Para esta renovación será necesario que el estudiante extranjero presente un certificado del centro donde cursa sus estudios, que acredite el cumplimiento de los requisitos pertinentes para la continuidad de los mismos.
2.3.3.- No será necesaria la autorización de estancia para la realización de pruebas destinadas a la obtención de título o certificado oficial o si la duración de los estudios es inferior a seis meses. En ambos casos, bastará el preceptivo visado de estudios.
2.3.4 - Acreditar tu admisión en un centro español para un curso que, generalmente, supere los 3 meses de duración.
2.3.5 - La mayoría de los consulados exigen el pago total o parcial de la matrícula por adelantado.
2.3.6 - El denominado CERTIFICADO DE RESIDENCIA, en el cual se debe hacer constar el lugar específico o las personas que se encargarán de darte habitación o asistencia en Madrid.
2.3.7 - Demostrar la suficiente capacidad económica para tu manutención en España durante el tiempo que duren tus estudios.
2.3.8 - Algunos consulados exigen la realización previa de un examen médico.
2.3.9 - Igualmente algunos consulados exigen el certificado de antecedentes penales.
2.4 - Una vez obtenido el visado, el estudiante entra en España bajo la condición de estudiante, pero este sólo visado posee una vigencia de 3 meses. Antes del vencimiento del visado, el estudiante deberá tramitar ante la policía española el correspondiente permiso de estancia para estudiantes. Este documento se denomina TARJETA DE ESTUDIANTE y se otorga por la duración que tenga el curso que se vaya a realizar.
3.- En el volante de inscripción figurarán claramente definidos los estudios que dice poseer y para los que solicita la convalidación y homologación e igualmente el curso en que se desea matricularse en el centro español.
4.- Sólo serán válidos los estudios para los que se ha matriculado provisionalmente, si recibe la correspondiente acreditación de su convalidación u homologación. Dicho documento original deberá presentarse junto con una copia cotejada y compulsada; en las secretarías de los centros en el quinto mes del curso escolar y/o antes de la segunda evaluación.
5. - Acreditación académica.
5.1.- Los alumnos extranjeros que deseen cursar estudios de los niveles educativos no obligatorios a que se refiere el apartado segundo de esta instrucción, deben acreditar la convalidación u homologación de los estudios de su país por los correspondientes españoles.
5.2.- A tal efecto deberán solicitar la convalidación u homologación en los registros determinados por la normativa vigente, los cuales emiten un volante de inscripción, válido en tanto se tramita el expediente.
5.3.- Las secretarías de los centros deben requerir a los interesados, en el momento de la matriculación, una fotocopia compulsada del volante de la inscripción, que se unirá al expediente sirviendo de justificante para su matriculación de manera condicionada.
5.4.- Sólo serán válidos los estudios para los que se ha matriculado provisionalmente, si recibe la correspondiente acreditación de su convalidación u homologación. Dicho documento original deberá presentarse junto con una copia cotejada y compulsada; en las secretarías de los centros en el quinto mes del curso escolar y/o antes de la segunda evaluación.
6. - Como llegar al CEV. ¿Qué medios de transporte tengo?
6.1. - El CEV está en la c/ Gaztambide nº 65, en el distrito de Moncloa.
6.2. - En la red de transporte de autobuses están disponibles las líneas: 12-44-61-202.
6.3. - Desde la red metropolitana la parada es Islas Filipinas de la línea 7, (color naranja), líneas 3 (color amarilla) y 6 (color gris) Parada Moncloa.
7 - Requisitos para optar a los cursos de grado superior
7.1. - Los cursos de ciclo formativo de grado superior, son cursos homologados por el Ministerio de Educación, de 2 años de duración (que incluyen un período de 3 meses de prácticas en empresas del sector audiovisual). Al ser una titulación oficial, para poder acceder necesitas acreditar el título de Bachillerato Logse, C.O.U., ser Técnico Especialista.
7.2. - Si no cumples estos requisitos y tienes 20 años, podrías acceder mediante Prueba de acceso.
7.3. - Por otra parte, estos estudios no solo te permiten acceder realmente al mundo laboral, sino que además te permiten continuar tus estudios universitarios con acceso directo a comunicación audiovisual.
8 - Incorporación al mundo profesional.
8.1. - El CEV dispone de un departamento que asesora al alumno en sus primeros pasos, tras la etapa de formación, para su más rápida incorporación al mundo laboral. Para ello realiza entrevistas personales y colabora en la producción de proyectos, distribución y difusión de trabajos.
8.2. - Además, gestiona una BOLSA DE TRABAJO efectiva que se actualiza semanalmente y que los estudiantes pueden consultar en los puntos de información del centro o a través de internet.